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Normativas

 

Resolución de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia de 16 de abril de 2002 por la que se dispone la publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» de los Estatutos del Ilustre Colegio Oficial de Doctores y lLicenciados en Ciencias Políticas y Sociología de la Región de Murcia (BORM núm.94, de 24 de abril de 2002)

 

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...) Los miembros del Ilustre Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología pertenecientes a la Delegación Territorial de la Región de Murcia conscientes de la necesidad de que el ejercicio profesional en la Región de Murcia se dotara de una organización colegial propia próxima a las expectativas de los titulados en Ciencias Políticas y Sociología de esta Comunidad Autónoma y a la defensa de los fines de interés público que la sociedad murciana demanda, dentro del pleno respeto a los valores establecidos en la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia como fuentes de soberanía democrática, se reunieron en Asamblea General Extraordinaria el día 26 de febrero de 1.999, y acordaron constituirse en Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología de la Región de Murcia, como segregación del Ilustre Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología al amparo de lo previsto en el artículo 34 de los estatutos del mencionado Colegio Nacional.

 

El Real Decreto 1.269/2000 de veintitrés de junio. (B.O.E. 4/7/2000) aprueba la segregación de la Delegación de Murcia, del Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología.

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Por el Decreto 119/2000 de veintinueve de septiembre. (B.O.R.M. 16/10/2000) se aprueba la constitución del Colegio de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología
de la Región de Murcia.

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Se cumple así la necesidad de dotar a las profesiones de politólogo y sociólogo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de un valioso instrumento propio, de fomento y defensa de estas profesiones, cuya existencia no es más que el reflejo, en el mundo de las organizaciones legales, de la descentralización que comporta el proceso autonómico en la panorámica de los Poderes Públicos, así como la necesidad sentida por el colectivo de colegiados, que desarrollan su labor profesional en el ámbito de esta Comunidad, de dotarse de un instrumento más ágil y cercano en el que se vean reflejados de una forma más real, si cabe, las expectativas y aspiraciones de la profesión.


Como consecuencia de ello y de conformidad con los preceptos legales invocados, se presenta, para su aprobación, el texto cuyo articulado queda redactado como sigue:

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